EADTrust Auditoría

Auditoría

Publicado el Publicada en Adecuación a la norma, Administración Pública, AEAT, CTEAJE, Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad, Esquema Nacional de Interoperabilidad, Homologación, Lexnet, Norma Técnica de Interoperabilidad

Llámenos al 902 365 612 o al 91 716 0555 si necesita auditar su solución de Digitalización Certificada.

En España, la Digitalización Certificada de facturas es el proceso que permite obtener copias digitales de las facturas con valor de original (lo que hace posible destruir la factura en papel). Para cumplir los requisitos que lo permiten, la entidad que lleva a cabo la digitalización debe utilizar un software homologado por la AEAT, y hacerlo cumpliendo su “Plan de Calidad” que tiene carácter contractual.

El proceso implica la realización de firmas electrónicas (posiblemente cualificadas o reconocidas) y el manejo de sistemas de Timestamping, por lo que es necesario contar con un certificado electrónico apropiado. La normativa relativa a los certificados electrónicos es el Reglamento UE 910/2014,

Los expertos de EADTrust son los más experimentados en los procesos de auditoría de soluciones de Digitalización Certificada. Hasta 2018 han ayudado a más de 50 empresas a completar sus desarrollos de sistemas de gestión documental y han llevado a cabo la preceptiva auditoría de sus soluciones para solicitar la homologación ante la Agencia Tributaria.

Además los expertos de EADTrust han escrito el Libro “La factura electrónica” que describe los formatos de factura electrónica, los sistemas de fima electrónica y los requisitos de la digitalización certificada, Este libro en PDF es de descarga gratuita.

Desde la publicación en el BOE del 30 de julio de 2011 de las Normas Técnicas de Interoperabilidad existe la posibilidad de llevar a cabo la digitalización certificada de documentos en el marco de la administración pública, aplicando los dispuesto en la Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Digitalización de Documentos. Este norma no cuenta con ningún sistema de homologación similar al definido por la AEAT.

EADTrust es la única entidad que certifica el cumplimiento de lo dispuesto en las normas NTI del Esquema Nacional de Interoperabilidad, a los productos y entidades que lo solicitan, y otorga un certificado propio.

Desde 2016 existe la norma de Digitalización Certificada del CTEAJE para Lexnet y para otros usos en la administración de Justicia.

EADTrust es la única entidad que certifica el cumplimiento de lo dispuesto en las normas GIS del CTEAJE en el marco del Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad, de la Digitalización Certificada para Lexnet  a los productos y entidades que lo solicitan, y otorga un certificado propio.

EADTrust Soluciones ENI NTI

Soluciones ENI-NTI

Publicado el Publicada en Administración Pública, Esquema Nacional de Interoperabilidad, Norma Técnica de Interoperabilidad
Las empresas que han confiado en EADTrust para auditar sus soluciones de digitalización certificada en el marco del Esquema Nacional de Interoperabilidad presentan soluciones que, además de cumplir lo previsto en las Normas Técnicas de Interoperabilidad, superan las exigencias de las citadas normas y por tanto garantizan la posibilidad de su uso en cualquier necesidad de digitalización de las Administraciones Públicas. Estas son las soluciones de digitalización certificadas por EADTrust:
Empresa Software y Versión Fecha Referencia de Homologación Certificado
Indra BPO Servicios, S.L. Merlin V 2.0.0 20/06/2016 DCETK04T3PDBLIHX8S25 DCNTI-2016-001
HP Inc HP Enterprise V 1.0 31/07/2018 DCEUHROQKQT48AVSU27A DCNTI-2018-002
Iron Mountain España S.A.U. IM Scan V 1.0 22/08/2024 DCE63BUFULRV14ETSZ03 DCNTI-2024-003
Para más información, contacte con EADTrust en el número +34 91 7160555
EADTrust Auditoría NTI

Auditoría NTI

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En el sector público, se impone la obligación de digitalizar documentos en los registros. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en su artículo 16 indica:

  1. Los documentos presentados de manera presencial ante las Administraciones Públicas, deberán ser digitalizados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 y demás normativa aplicable, por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados para su incorporación al expediente administrativo electrónico, devolviéndose los originales al interesado, sin perjuicio de aquellos supuestos en que la norma determine la custodia por la Administración de los documentos presentados o resulte obligatoria la presentación de objetos o de documentos en un soporte específico no susceptibles de digitalización.

Dado que la Ley 39/2015 supone una evolución de las Leyes 11/2007 y 30/1992, siguen vigentes algunas normas dictadas en su desarrollo.

La forma de digitalizar documentos se introdujo en los artículos 30 y 31 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, y en el artículo 46 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En concreto, el marco jurídico de la digitalización se desarrolla en los  artículos 44 y 46 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y en el artículo  24 del Real Decreto 4/2010 , de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la administración electrónica.

El conjunto de requisitos para llevar a cabo la Digitalización se ha ido haciendo más complejo pero también se ha hecho más completo tras la publicación de las normas técnicas de interoperabilidad (NTI) que por diferentes resoluciones de 19 de julio se publicaron en el BOE de 30 de julio de 2011.

En este marco jurídico, orientado al sector público, los organismos que deseen llevar a cabo la Digitalización Certificada de documentos se encuentran con pocas referencias de confianza que les den certeza de que el proceso lo pueden llevar a cabo sin incidentes futuros. Y los desarrolladores de software, con frecuencia, tampoco están seguros de que su software de gestión documental cumple toda la maraña de normativas, con requisitos técnicos y operativos desperdigados en diferentes normas.

Para implantar de forma correcta un proceso de digitalización certificada en la administración pública y para diseñar el software que lo permita, EADTrust ha desarrollado un modelo unificado de gestión, que establece los requisitos que deben cumplir el software de digitalización certificada y el proceso que se implanta. El modelo incluye una lista de control (Check List) que permite llevar a cabo las comprobaciones adecuadas para afirmar que un proceso de digitalización se lleva a cabo de forma correcta o que un software de digitalización cumple todos los requisitos establecidos en las distintas normas.

Este documento está alineado con la norma EHA 962/2007 y con las siguientes normas NTI:

  • Documento electrónico
  • Digitalización de documentos
  • Expediente electrónico
  • Política de firma electrónica y de certificados de la Administración
  • Procedimientos de copiado auténtico y conversión entre documentos electrónicos, así como desde papel u otros medios físicos a formatos electrónicos

Dado que en las licitaciones sobre sistemas de digitalización y gestión documental en las administraciones públicas se exije el cumplimiento de la citada normativa, y considerando que no existe un órgano específico que expida una homologación (al margen del establecido en el marco tributario), EADTrust ofrece el servicio de Auditoría de Digitalización Certificada NTI que permite la acreditación por terceros especialistas del cumplimiento de la normativa publicada en relación con la Digitalización Certificada, por parte del software especializado en digitalización, de los principales fabricantes, y también el modelo de gestión de la digitalización certificada, aplicable tanto a las administraciones que lo implantan internamente, como a las entidades que prestan servicios de externalización de digitalización de documentos para las administraciones públicas.

EADTrust está especializada en auditorías de digitalización certificada, y sus expertos cuentan con un alto número de  entidades que han optado por sus servicio de auditoría, en relación con la homologación de la Agencia Tributaria para el software de Digitalización Certificada destinado al ámbito tributario

Si quiere saber más sobre este servicio llame al 902 365 612 (o al 91 716 0555).

Estos son los principales servicios prestados en relación con la Digitalización Certificada NTI:

  • Soporte al desarrollo de normativa de digitalización certificada para Comunidades Autónomas. Ayuda  concretar los requisitos de la Digitalización Certificada a los organismos con capacidad normativa propia.
  • Auditoría de Software de digitalización. Dictamina que un determinado software cumple todos los requistos de la digitalización certificada de las diferentes normas en aplicación de la lista de control de EADTrust. Se expide un certificado del cumplimiento.
  • Auditoría de PSDC. Dictamina que un determinado Prestador de Servicios de Digitalización Certificada cumple todos los requistos de la digitalización certificada de las diferentes normas en aplicación de la lista de comprobación (check list) de EADTrust , y por tanto podría prestar este servicio de forma externalizada a las administraciones públicas. Se expide un certificado del cumplimiento.
  • Auditoría de Procesos de digitalización. Dictamina que el proceso de digitalización certificada de un determinado organismo público cumple todos los requistos de la digitalización certificada de las diferentes normas en aplicación de la lista de control de EADTrust. Se expide un certificado del cumplimiento.
EADTrust Legislación

Legislación

Publicado el Publicada en Adecuación a la norma, Administración Pública, AEAT, CTEAJE, Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad, Esquema Nacional de Interoperabilidad, Navarra, País Vasco

En este apartado se incluye la información más relevante sobre la legislación aplicable a la eFactura y Digitalización Certificada en Europa y en España, incluyendo las normativas autonómicas especiales:

Normativa estatal de Digitalización Certificada

Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

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Orden EHA 962/2007 de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

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RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2007, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre procedimiento para la homologación de software de digitalización contemplado en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril de 2007.

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Normativa Foral de Digitalización Certificada

Navarra (Nafarroa):ORDEN FORAL 228/2007, de 12 de junio del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 205/2004, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de factura.

Navarra (Nafarroa):Boletín Oficial de Navarra de 9 de junio de 2004 que contiene el DECRETO FORAL 205/2004, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. 

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Álava (Araba): ORDEN FORAL 121/2009 Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 4 de marzo, de desarrollo de determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 27/2005, de 5 de abril, por el que se regulan las obligaciones de facturación

Álava (Araba): Decreto Foral 27/2005, de 5 de abril, por el que se regulan las obligaciones de facturación

Guipúzcoa (Gipuzkoa): Boletín Oficial de Gipuzkoa de 13-08-2007. ORDEN FORAL 865/2007, de 2 de agosto, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 61/2004, de 15 de junio, por el que se regulan las obligaciones de facturación.

Guipúzcoa (Gipuzkoa): Boletín Oficial de Gipuzkoa de 13-08-2007. RESOLUCIÓN 39/2008,de 10 de setiembre de 2008, sobre procedimiento para la homologación de software de digitalización contemplado en la Orden Foral 865/2007, de 2 de agosto.

Vizcaya (Bizkaia): ORDEN FORAL 1868/2009, de 2 de julio, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 57/2004, de 6 de abril, por el que se regulan las obligaciones de facturación

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Vizcaya (Bizkaia): Boletín Oficial de Vizcaya (Bizkaia) de 27 de abril de 2004 que contiene:
NORMA FORAL 2/2004, de 23 de abril, de Medidas Tributarias en 2004.
DECRETO FORAL 57/2004, de 6 de abril, por el que se regulan las obligaciones de facturación

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Existe, además, una colección de legislación relacionada con la Factura Electrónica y la Digitalización Certificada a su disposición en este enlace

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Llámenos al 902 365 612 o al 91 716 0555 si necesita auditar su solución de Digitalización Certificada.

EADTrust contempla los requisitos de la Agencia Tributaria, del Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI), del Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE) y de Lexnet, entre otros.